Hay una idea equivocada que se repite en muchas áreas de recursos humanos: que el T-Registro es parte del cierre mensual.
No lo es. Es del primer día.
El plazo
El empleador debe registrar al trabajador en el T-Registro dentro del primer día de labores, con independencia del tipo de contrato y de los días que vaya a trabajar.
Esa última precisión importa: alcanza a contratos a plazo fijo, a tiempo parcial y a relaciones de muy corta duración. No hay un umbral de días por debajo del cual el registro no sea exigible.
Y hay un segundo plazo que se omite con frecuencia:
La constancia de alta debe entregarse a los trabajadores y prestadores de servicios al día siguiente del inicio de la prestación de servicios.
flowchart LR
A["Día 0<br/>Acuerdo e ingreso"] --> B["Día 1<br/>Alta en T-Registro"]
B --> C["Día 2<br/>Entrega de constancia<br/>al trabajador"]
C --> D["Cierre de mes<br/>PLAME sobre la base<br/>del T-Registro"]
style B fill:#2D495D,color:#fff
style C fill:#FF9900,color:#fff
El paso naranja es el que casi nunca está en el procedimiento de onboarding, y el que después se echa de menos cuando hay que acreditar el cumplimiento.
Los datos que se quedan vacíos
Además de los datos de identificación y de la relación laboral —tipo de contrato, régimen, categoría ocupacional, situación educativa—, el empleador debe ingresar:
| Dato | Por qué se omite |
|---|---|
| Número de cuenta bancaria y entidad donde se abona la remuneración | Se conoce después del primer pago |
| Número de celular del trabajador | No se pide en el formulario de ingreso |
| Correo electrónico del trabajador | Se asume que basta el corporativo, que aún no existe |
Los tres tienen algo en común: no bloquean el registro. El alta se completa igual, y por eso quedan pendientes indefinidamente.
Y son precisamente los que se observan en una fiscalización por datos incompletos. La solución es de diseño del proceso, no de diligencia: recogerlos en el mismo formulario de ingreso, junto con la documentación del legajo, antes de que el trabajador empiece.
T-Registro y PLAME: fuente y resultado
Esta relación se entiende mal con frecuencia, y el malentendido es caro.
La PLAME —Planilla Mensual de Pagos— se elabora obligatoriamente sobre la base de la información ingresada en el T-Registro. Incluye la información mensual de los ingresos de los sujetos inscritos en el T-Registro y de los prestadores de servicios, los descuentos, los días laborados y no laborados, las horas ordinarias y de sobretiempo, y la información sobre conceptos tributarios y no tributarios.
Dónde se corrige un error de datos del trabajador
Corregir en la fuente resuelve el problema una vez. Corregir mes a mes en la planilla arrastra el error hasta que alguien lo detecta en el registro de origen. El ejemplo asume un error detectado un año después.
Fuente: Elaboración propia sobre la relación T-Registro / PLAME
La consecuencia práctica: un error en el T-Registro no se arregla en la PLAME. Se arrastra.
Las infracciones escalan con la nómina
Las infracciones se calculan en función de los trabajadores afectados. Los supuestos son distintos entre sí y una empresa puede incurrir en varios simultáneamente:
- No mantener actualizado el registro.
- No ingresar los datos completos.
- No presentar dentro del plazo establecido.
- Incluir datos falsos.
El caso típico no es el de la empresa que ignora la obligación, sino el de la que dio de alta a tiempo, dejó tres campos vacíos y no registró las bajas de quienes cesaron hace meses. Formalmente son tres supuestos, y el número de trabajadores multiplica cada uno.
La única forma práctica de detectarlo antes que la inspección es conciliar periódicamente el T-Registro contra la nómina real: quién figura registrado, quién trabaja efectivamente, y quién cesó sin que nadie diera la baja.
Lo que el T-Registro no sustituye
El T-Registro es una declaración: datos estructurados sobre el trabajador y el vínculo.
El legajo de personal es otra cosa: el expediente documental del trabajador. Contrato firmado, documento de identidad, certificados de estudios, exámenes médicos ocupacionales, boletas de pago, constancias, memorandos, evaluaciones de desempeño.
En una fiscalización de SUNAFIL lo que se solicita es el legajo, no una impresión del registro.
Un T-Registro impecable con legajos incompletos deja a la empresa sin capacidad de acreditar lo que el registro declara.
Es una situación más común de lo que parece, y tiene una explicación simple: el registro está centralizado y es digital desde el inicio, mientras que el legajo suele estar repartido entre folders físicos, correos y carpetas de red, y se arma de urgencia cuando llega el requerimiento.
Checklist de alta de un trabajador
- ¿El alta se hace el primer día de labores, o se acumula para el cierre?
- ¿Se recogen cuenta bancaria, celular y correo en el formulario de ingreso?
- ¿Se entrega la constancia de alta al día siguiente, con cargo o acuse?
- ¿Existe un checklist de legajo que se completa en el onboarding?
- ¿Se registran las bajas de quienes cesan, con la misma diligencia que las altas?
- ¿Se concilia el T-Registro contra la nómina real de forma periódica?
- ¿El legajo está digitalizado e indexado, o se arma cuando llega la inspección?
Conclusión
El T-Registro es una obligación de día uno con una constancia de día dos, y de él depende toda la planilla mensual del año.
Cumplirlo bien no es cuestión de recordar el plazo: es cuestión de que el formulario de ingreso pida desde el principio los datos que el registro va a exigir, y de que el legajo se arme a la vez que el alta y no seis meses después, cuando alguien lo pide.